IES Claudio Moyano

Informática y Comunicaciones

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IMPLANTACIÓN DE LOS NUEVOS CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO, FORMACIÓN Y EDUCACIÓN, FSE 2014-2020

Actuación cofinanciada por el FSE (Fondo Social Europeo) en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación 2014-2020.

 

El Centro se beneficia del apoyo del FSE a la FPB, en concreto el título de Informática y Comunicaciones cuya implantación está cofinanciada por la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo, así mismo está Cofinanciado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Fondo Social Europeo. Con esta actuación se pretende reducir el abandono escolar prematuro, el número de personas con bajo rendimiento y promover una educación integradora.

Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (EIE) de la Comisión Europea

Unidad Administradora del FSE (UAFSE, Ministerio de Empleo y Seguridad Social)

 

Objetivos de la Formación Profesional Básica

Los ciclos de Formación Profesional Básica contribuirán a desarrollar las competencias propias de cada perfil profesional y la adquisición de las competencias básicas del aprendizaje permanente a través de la impartición de enseñanzas de Lengua Castellana, Lengua Extranjera, Ciencias Sociales, Matemáticas y Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional.

Así mismo contribuirán a:

 

  • Comprender la organización y las características del sector productivo correspondiente, así como los mecanismos de inserción profesional.
  • Conocer la legislación laboral y los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.
  • Aprender por sí mismos y trabajar en equipo, así como formarse en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, con especial atención a la prevención de la violencia de género.
  • Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres, así como de las personas con discapacidad, para acceder a una formación que permita todo tipo de opciones profesionales y el ejercicio de las mismas.
  • Trabajar en condiciones de seguridad y salud, así como prevenir los posibles riesgos derivados del trabajo.
  • Desarrollar una identidad profesional motivadora de futuros aprendizajes y adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y al cambio social.
  • Afianzar el espíritu emprendedor para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.
  • Preparar al alumnado para su progresión en el sistema educativo.
  • Conocer y prevenir los riesgos medioambientales.

 

Los criterios pedagógicos se adaptarán a las características específicas del alumnado y la tutoría y la orientación educativa y profesional tendrán una especial consideración.

 

Título: Real Decreto 127/2014 de 28 de febrero.

Curriculo: ORDEN EDU 510/2014, de 18 de junio.

 

PUESTOS DE TRABAJO QUE PUEDES DESEMPEÑAR (OCUPACIONES):

  • Ayudante de montador de antenas receptoras/ televisión satélites.
  • Ayudante de instalador y reparador de equipos telefónicos y telegráficos.
  • Ayudante de instalador de equipos y sistemas de comunicación.
  • Ayudante de instalador reparador de instalaciones telefónicas.
  • Ayudante de montador de sistemas microinformáticos.
  • Ayudante de mantenimiento de sistemas informáticos.
  • Ayudante de instalador de sistemas informáticos.
  • Ayudante de instalador de sistemas para transmisión de datos.
  • Operador de ensamblado de equipos eléctricos y electrónicos.
  • Auxiliar de mantenimiento de equipos eléctricos y electrónicos.
  • Probador/ajustador de placas y equipos eléctricos y electrónicos.
  • Montador de componentes en placas de circuito impreso.

 

DURACIÓN DEL PROGRAMA:

Dos cursos académicos: 2000 horas.

 

MÓDULOS (ASIGNATURAS):

  • Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos.
  • Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación.
  • Equipos eléctricos y electrónicos.
  • Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos.
  • Ciencias aplicadas I.
  • Ciencias aplicadas II.
  • Comunicación y sociedad I.
  • Comunicación y sociedad II.
  • Formación en centros de trabajo.

AL TERMINAR:

  • El título profesional básico permitirá el acceso a los ciclos formativos de grado medio.
  • En virtud de lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo:

    1. Las personas que se encuentren en posesión de un título profesional básico podrán obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por cualquiera de las dos opciones previstas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, mediante la superación de la prueba de evaluación final de la Educación Secundaria Obligatoria, en las condiciones previstas en dicha Ley Orgánica.
    2. Las personas mayores de 22 años que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en un título profesional básico, bien a través de certificados de profesionalidad de nivel 1, o por el procedimiento establecido de evaluación y acreditación de competencias profesionales, recibirán el título profesional básico correspondiente.
    3. La expedición del título se ajustará al modelo y a las condiciones que se establecen en la disposición final primera del presente real decreto.

 

  • Los alumnos y las alumnas que finalicen sus estudios sin haber obtenido el título profesional básico recibirán la certificación académica de los módulos profesionales superados, que tendrá efectos académicos y de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
  • El título profesional básico tendrá los mismos efectos laborales que el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a empleos públicos y privados.